SODERCAN convoca subvenciones para la organización de eventos empresariales

25/02/2025 - Noticias

La Sociedad para el Desarrollo de Cantabria, SODERCAN, dependiente de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, del Gobierno de Cantabria, ha convocado las ayudas para organización de ferias y congresos empresariales en Cantabria, de hasta 50.000 euros por solicitud.

La convocatoria publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), indica que las solicitudes se podrán presentar hasta el 1 de abril, de forma telemática, a través del Gestor de Ayudas de SODERCAN.

El objetivo de las ayudas es convertir a la Comunidad Autónoma de Cantabria en un lugar idóneo para realizar ferias y congresos, construyendo un escenario idóneo para crear sinergias empresariales y dar visibilidad a los productos y servicios ofertados en la región.

La convocatoria de ayudas para ferias y congresos establece una intensidad de hasta el 60%, con un importe máximo de 50.000 euros, para eventos a celebrar en el año 2025, ya sean ferias, congresos, encuentros empresariales, convenciones, u otros eventos de carácter similar, que faciliten el contacto entre la demanda y la oferta de productos y servicios; o bien, el intercambio de conocimientos comerciales y tecnológicos entre los participantes.

La temática deberá estar directamente relacionada con actividades de los sectores industriales transformadores y/o con las energías renovables, con la finalidad de estimular el comercio de los productos y servicios y la difusión de nuevas tecnologías.

El evento deberá contar con un número mínimo de seis participantes, ya sea expositores (en el caso de feria comercial) o ponentes (en el caso de congreso); y al menos el 30% de los participantes (expositores o ponentes) deberán proceder de fuera de Cantabria.

Serán subvencionables las siguientes actuaciones relacionadas con la materialización del evento:

  • Gastos de alquileres del local, mobiliario, equipos audiovisuales y equipos de iluminación y climatización, instalación de sistemas de agua, electricidad, red informática, consumos, etc.
  • Gastos de diseño, montaje/desmontaje de instalaciones y decoración del local.
  • Gastos de contratación de servicios de asistencia para la organización y gestión del evento (OPCs, agencias de eventos, agencias de comunicación y publicidad, etc.).
  • Gastos de contratación de servicios auxiliares específicos (relaciones públicas, azafatas/os, limpieza, mantenimiento y seguridad, traducción e interpretación, community manager, etc.).
  • Gastos de contratación de servicios de asistencia externa para el desarrollo del programa social y actividades para acompañantes. • Gastos de transporte de mercancías para exposición.
  • Gastos de logística de traslados de participantes en el evento (alquiler de autobús/ microbús).
  • Gastos de diseño gráfico e impresión de material promocional (catálogos de expositores/ponentes, folletos y cartelería) específico para la realización de la actuación; así como su traducción a otros idiomas.
  • Gastos de campañas de publicidad del evento en medios de comunicación nacionales y/ extranjeros (prensa, revistas, newsletters, blogs, acciones de email marketing televisión, Internet, etc.).
  • Gastos de seguros de suscripción obligatoria para la celebración de la actuación.
  • Gastos de implementación de medidas de sostenibilidad (medición de la huella de carbono, etc.) relacionadas con la ejecución del evento.
  • Gastos de servicios de catering.
  • Otros gastos externos que indubitablemente sean necesarios para la realización de la actuación.
  • Gastos de viaje (Bolsa de viaje): gastos del billete de avión/tren/barco/autobús, relacionados con el desplazamiento a Cantabria (ida y vuelta) y el alojamiento en Cantabria (régimen de alojamiento y desayuno). Los gastos de viaje sólo son elegibles en el caso de ponentes procedentes de fuera de Cantabria que estén incluidos en el programa oficial de ponencias del evento.
  • Gastos de elaboración de certificación de cumplimiento de los plazos legales de pago, emitida por Auditor de Cuentas ROAC; a efectos de cumplimiento del requisito establecido en el artículo 2.7 de las presentes bases reguladoras.
  • Gastos de elaboración de informe justificativo del expediente mediante Auditor de Cuentas ROAC (la justificación mediante Informe de Auditor ROAC es opcional para la persona beneficiaria).

 

La intensidad de ayuda será del 60% del presupuesto total elegible, con un importe máximo de 50.000 € por persona beneficiaria; con los siguientes importes máximos:

  • Viajes desde Europa y Norte de África: 900€
  • Viajes desde fuera de Europa o Rusia: 1.800€
  • Informe de auditor ROAC: 900€ (justificación mediante auditor ROAC opcional para la persona beneficiaria).

Enlace a la convocatoria publicada en el BOC.